El Ministerio de Economía y Competitividad ha comenzado a enviar los primeros Informes Motivados Vinculantes (IMV) a las empresas que, para sus proyectos de I+D+i realizados en 2015, se acogerán a la Ley de Emprendedores (artículo 39.2 de la LIS) en el próximo impuesto de sociedades y de esta forma podrán así sobrepasar en deducciones el límite de cuota e incluso solicitar el abono por la parte que exceda la propia cuota.

Se da así prioridad a las empresas que hace unas semanas manifestaron su deseo de acogerse a esta Ley a través de carta enviada al Ministerio de Economía, como se ha venido haciendo en los dos años anteriores en los que lleva siendo de aplicación, ya que es requisito “sine qua non” disponer del Informe Motivado en la fecha de liquidación del IS, y no después.

Así, de la misma manera que estos dos últimos años, todas las empresas que lo solicitaron obtendrán su Informe Motivado a tiempo, haciéndose efectivo tanto la aplicación de las deducciones hasta el 100% de la cuota, pudiéndola dejar a cero, como la devolución en forma de abono directo por parte de Hacienda del excedente que sobrepase la propia cuota.

Recordad que, de cara ya a posibles proyectos de I+D+i realizados durante 2016 por los que podáis obtener deducciones y para los que contempléis acogeros a esta Ley para beneficiaros de ellas aunque no generéis cuota suficiente, disponéis de cumplida información en nuestra web especializada:

https://www.deducciones.es/emprendedores/