Para todas aquellas empresas cuyo año fiscal coincida con el año natural y quieran aplicarse en el próximo impuesto de sociedades deducciones por actividades de I+D+i realizadas durante el ejercicio 2016, el plazo para solicitar el correspondiente Informe Motivado finaliza el próximo 25 de julio.
Teniendo en cuenta el trabajo previo que han de realizar las entidades certificadoras (acreditas por ENAC) y el tiempo necesario para que vuestra consultora I+D+i de confianza os asesore y documente las actividades ejecutadas, no conviene demorar mucho más el inicio del proceso, sobre todo si la intención es contar con el certificado antes de presentar el Impuesto de Sociedades dentro de los plazos límite, el próximo 25 de julio.
En el caso de que la empresa pretenda acogerse a la Ley de Emprendedores por insuficiencia de cuota y quiera aplicarse el grueso de la deducción el ejercicio siguiente (2017), como os puede asesorar vuestra consultoría I+D+i de referencia, bastaría con presentar la solicitud de Informe Motivado antes del 25 de julio para posteriormente completar el trámite de la certificación antes de fin de año.
Si necesitáis asesoramiento en este sentido no dudéis en contactar con nosotros.