El día 25 del próximo mes de julio finaliza el plazo* para aquellas empresas que van a solicitar el Informe Motivado Vinculante (IMV) sobre los gastos de I+D+i en los que han incurrido en el ejercicio 2015.
Para quienes no habéis identificado la totalidad de los gastos deducibles en I+D+i, estáis a tiempo de hablar con vuestra Consultora de I+D+i, para que os oriente en esta labor. Tened en cuenta que ante la cercanía de la fecha de solicitud del Informe Motivado Vinculante y el trabajo previo que se ha de realizar, tanto por la Consultora I+D, como por la Certificadora (acreditada por ENAC) que emita la Certificación sobre la calificación de esos gastos, debemos iniciar sin demora el proceso si lo que queremos es aplicarnos la deducción en el próximo impuesto de sociedades.
Por el contrario, si vamos a optar por hacer la solicitud del IMV y aplicarnos la deducción para el ejercicio siguiente (2016) porque no tenemos cuota suficiente y vamos a acogernos a la Ley de Emprendedores, podemos actuar con más calma, siempre asesorados por una Consultora de I+D+i, iniciando el proceso antes del próximo 25 de julio igualmente.
*(para empresas cuyo ejercicio fiscal coincida con el año natural)