El Ministerio de Ciencia e Innovación ha emitido hoy una comunicación en la que informa de que, como consecuencia del Covid 19, y del consecuente Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma, los plazos estipulados en lo que a la gestión de Informes Motivados, independientemente del ejercicio al que correspondan, se interrumpen, si bien seguirá emitiendo Informes Motivados normalmente.
Esto afecta así a gestiones como:
- Requerimientos de Subsanación con Plazo.
- Trámites de Audiencia
- Recursos de Alzada
- Nuevas Solicitudes de Informes Motivado
Si bien, en relación a este último punto, el Ministerio recomienda realizar el registro de solicitudes sin esperar al último día de su plazo habitual ni a las posibles prórrogas que establezca el Real Decreto 463/2020. Es decir, no esperar a pocos días antes del 25 de julio próximo (para un fin de ejercicio normal, a 31 de diciembre).
Asimismo, reitera que durante el periodo en el que el Real Decreto 463/2020 o sus prórrogas se mantengan vigentes, se emitirán Resoluciones definitivas de Informe Motivado, tal y como ha venido realizándose hasta la fecha. De esta forma, el proceso de emisión no se verá afectado y las entidades solicitantes no verán bloqueada la recepción de su Informe Motivado.