No cabe duda de que la deducción fiscal por I+D+i es un importante incentivo que fomenta la inversión empresarial en actividades de I+D+i. Así lo constata la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF), que en un reciente estudio concluye que dicha inversión se incrementa en 1,5 euros por cada euro que la Administración destina al incentivo fiscal.

No obstante, en dicho informe también se confirma que España presenta un nivel de inversión en I+D+i que es menor que el de la media de los países europeos, y que el grado de innovación de nuestras Pymes es inferior al de los países de nuestro entorno, aspecto que es crucial dado el elevado peso que las pequeñas y medianas empresas en nuestro tejido productivo.

Actualmente, parte del problema radica en la brecha que existe entre la eficacia potencial (deducciones generadas) de este beneficio fiscal y su eficacia real (deducciones aplicadas), que se ve reducida debido a los límites y requisitos normativos. La consecuencia directa es que gran parte de las deducciones generadas no pueden aplicarse en el Impuesto de Sociedades del ejercicio en el que se generan, quedando pendientes para ejercicios futuros. Lógicamente, esta limitación reduce el atractivo de este incentivo.

En este sentido, a pesar de que, en el año 2014, se introdujeron con la Ley de Emprendedores (Ley 14/2013, Art. 26) una serie de medidas que permitían superar los límites de aplicación (contemplando incluso el abono en casos de insuficiencia de cuota), una vez más los requisitos necesarios para poder acogerse a estas ventajas dejaban fuera a muchas empresas.

En este escenario, desde AIReF se está proponiendo eliminar algunos de estos requisitos con el fin de facilitar a las empresas acogerse a la ley de Emprendedores, suprimiendo, por ejemplo, la obligación de tener que mantener la plantilla media general (o alternativamente la adscrita a actividades de I+D+i) durante 24 meses. También se está planteando que no tenga que transcurrir un año desde la finalización del periodo impositivo en que se generó la deducción para poder exceder el límite y/o solicitar el abono a Hacienda.

Habrá que ver si finalmente estas propuestas son realmente consideradas en el futuro. Lo que sí parece claro es que medidas de este tipo tendrían una repercusión muy positiva sobre todo en el caso de las Pymes, que en muchos casos generan más deducciones de las que se pueden aplicar de manera efectiva.