Como ya anunciábamos en nuestra newsletter del pasado 20 de junio, este año no será necesario la obtención de los Informes Motivados antes de la presentación del próximo Impuesto de Sociedades 2017 (25 de julio próximo) para poder acogerse a la Ley de Emprendedores.

El Ministerio lo ha hecho público hoy mismo. El comunicado lo recibiréis en breve a través de  la plataforma Facilit@

Así, podrá consignarse la monetización (cheque fiscal) en la declaración del Impuesto de Sociedades aún cuando no se haya recibido todavía el Informe Motivado. Una vez presentada la declaración podrá solicitarse, no obstante, la priorización en la emisión acompañando los preceptivos impresos del Impuesto de Sociedades dónde ha quedado consignada la opción de acogerse al artículo 39.2. de la LIS. Es decir, justo lo contrario de como se venía procediendo hasta ahora.

Para aquéllos que desconocéis el artículo 39.2 de la LIS (monetización o cheque fiscal de las deducciones I+D+i), recordaros que este artículo traspone la parte correspondiente a deducciones I+D+i de la Ley de Emprendedores, que permite sobrepasar en deducciones de este tipo (con reducción del 20%) el límite de cuota, e incluso solicitar el abono por la parte que exceda la propia cuota siempre y cuando los gastos de I+D+i correspondan a un ejercicio anterior.

Si quieres saber más sobre el artículo 39.2. de la LIS consulta nuestra sección:

https://www.deducciones.es/emprendedores/